NORMATIVA PROTOCOLOS COVID-19 - ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES VILLAMAYOR DE GÁLLEGO 2020/21
- El SCD Mancomunidad Ribera Izquierda del Ebro y Ayuntamiento, como responsables de la organización, se reservan el derecho de modificar el programa y horarios cuando las circunstancias o las autoridades así lo recomienden.
- Toda persona inscrita en la actividad, asume que se encuentra en perfectas condiciones físicas para su realización y dispone de un reconocimiento médico de aptitud para la realización de tal actividad deportiva y según el mismo, carece de contraindicación médica alguna. Si el usuario presenta síntomas relacionados con coronavirus, deberá dejar de asistir a las clases, hasta su total recuperación.
- El participante asume, que se le ha informado de forma suficiente y clara sobre los riesgos específicos de dicha actividad.
- La persona que se inscribe, autoriza a LA ORGANIZACION para la grabación total o parcial de su participación en las actividades deportivas organizadas por medio de fotografías, películas, televisión, video y cualquier otro medio análogo, así como el derecho a darle el uso publicitario que LA ORGANIZACION considere oportuno, sin derecho a compensación económica alguna. En caso de no estar de acuerdo con autorización, lo deberá comunicar por escrito a la Organización a través del correo electrónico scd@mrie.es
- Solamente podrán participar, aquellos que, habiéndose inscrito, respeten lo establecido en este reglamento, se atengan rigurosamente a los horarios y a las normas de comportamiento establecidos por la Organización.
- Toda persona que se inscribe es conocedora y asume los precios establecidos, incluidos los gastos de la plataforma de inscripción online.
- La Organización declina toda responsabilidad en aquellos casos que por negligencia ó falta de cumplimiento de las normas establecidas por los técnicos, se pudieran producir daños físicos ó morales, propios ó a terceros, así como otro tipo de perjuicios ó accidentes que por estas causas pudieran ocasionar.
- Un comportamiento inadecuado con faltas de respeto, insultos o agresiones, supondrá la expulsión inmediata de la actividad.
- La Organización se reserva el derecho de excluir unilateralmente de las actividades, a aquella persona que no se observe un comportamiento debido o haga caso omiso a las indicaciones que reciba por parte de los técnicos de la organización.
- Toda persona inscrita en los programas deportivos de verano Mancomunidad Ribera Izquierda del Ebro, es consciente de los riesgos inherentes a la participación en la actividad y declara conocer y asumir el actual reglamento.
- Ante la situación de emergencia en la que nos encontramos por el Covid19, con la inscripción, todo usuario participante, asume y conoce con detalle la información proporcionada por la propia organización. Aceptanto las condiciones de participación y expreso compromiso con las medidas personales de higiene y prevención obligatorias. Igualmente, asumen toda la responsabilidad frente a la posibilidad de contagio por la COVID-19. A continuación, se detalla el Protocolo de Prevención y Actuación en caso de riesgo de contagio y o de contagio positivo:
PROTOCOLO BÁSICO SANITARIO DE PROTECCIÓN FRENTE AL COVID-19 EN LOS CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES
INTRODUCCIÓN Desde la declaración de la emergencia sanitaria como consecuencia de la pandemia COVID-19, en el caso concreto de la Comarca Central, la situación epidemiológica en este último período es considerada como de transmisión comunitaria de la enfermedad, situación que requiere agravar las limitaciones de la Orden SAN/474/2020, de 19 de junio. Desde el 4 de Septiembre, entra la nueva orden por la que todo Aragón estará al fin en nueva normalidad más de dos meses después de que finalizara el estado de alarma. De este modo, Zaragoza y su Comarca Central, regirán las mismas medidas de prevención establecidas para el resto de Aragón desde el pasado 20 de junio como consecuencia de la pandemia. Cada instalación deportiva deberá publicar un protocolo básico sanitario de protección frente a la pandemia COVID-19 siguiendo la normativa vigente en esta materia, para conocimiento general de sus usuarios y que contemplará las distintas especificaciones en función de la tipología de instalaciones que deberá estar visible en cada uno de los accesos”. Lógicamente este Protocolo, a lo largo de la presente temporada deportiva 2020-2021, irá modificando en función la evolución de la pandemia y de las disposiciones que adopten las autoridades sanitarias.
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Constituye el objeto del presente “Protocolo Básico Sanitario de Protección frente al Covid-19 en los Centros Deportivos Municipales” implementar una serie de medidas para garantizar el uso de los diferentes espacios deportivos sin riesgos sanitarios y regular las obligaciones de los ciudadanos como usuarios de estos servicios públicos, así como diversos aspectos directamente vinculados a la organización de la prestación de los servicios de la red de Centros e Instalaciones Deportivas Municipales que permiten la ejecución de los programas deportivos de Mrie. El presente Protocolo es de aplicación a los usuarias y usuarios, tanto para el uso individual como para todas otras entidades deportivas que utilizan los Centros Deportivos, Pabellones Deportivos gestionados directamente por los ayuntamientos de Mrie.
1. MEDIDAS PRINCIPALES PARA EVITAR EL RIESGO DE CONTAGIO
- Se reducen los aforos máximos según la fase en la que nos encontremos. Actualmente al 75%
- Elaboración de un protocolo específico de limpieza y desinfección diaria de superficies y zonas comunes que eviten la propagación del virus de cada Centro Deportivo.
- Uso obligatorio de mascarillas con las excepciones que se establezcan durante la práctica deportiva.
- Se instalan dosificadores con hidrogel para la desinfección de manos a la entrada y en zonas sensibles de la instalación
- Se podrá realizar marcajes en suelos de zonas de acceso para delimitar distancias y circulaciones si fuera necesario, y se informa de las principales medidas y recomendaciones de las autoridades sanitarias mediante cartelería específica.
- Se intensifican las medidas y recomendaciones de las autoridades sanitarias en cuanto a la desinfección, el uso de productos biocidas autorizados, siendo las medidas más eficaces para evitar la transmisión del virus la mascarilla, distanciamiento social y el refuerzo de la higiene de manos y respiratoria.
- Se instalan papeleras con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable.
2. INFORMACIÓN AL USUARIO
- Se informará a los usuarios por medios de cartelería visible de las normas de higiene y prevención a observar, y muy especialmente sobre el necesario mantenimiento de las reglas de distancia interpersonal y el uso de mascarillas, señalando la necesidad de abandonar la instalación o no acceder a las mismas ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
- Existe información corporativa en web y redes sociales.
- No se entregan hojas de reclamaciones al usuario, se podrán realizar a través de la web.
3. ACCESO A LA INSTALACIÓN DEPORTIVA
- La utilización de las diferentes instalaciones deportivas, requerirá la previa autorización mediante la inscripción en los programas deportivos de Mrie. Es decir, la usuaria/o individual debe de tener una reserva puntual o de temporada deportiva.
- El acceso a la instalación deportiva se realizará por las entradas habilitadas y señalizadas.
- Los acompañantes y/o padres no podrán acceder a la instalación deportiva, esperando en el exterior.
- Será obligatorio el acceso con mascarilla para las personas de seis años en adelante, que deberá ser usada en toda la instalación. Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de mascarilla tanto en la vía pública, como en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
4. ZONA DE TRANSITO, VESTUARIOS Y ASEOS
- Se seguirán las indicaciones y señalizaciones para el transito de los usuarios por la instalación deportiva.
- Inicialmente, y en función de la evolución de la pandemia se podrá utilizar los vestuarios de los centros y pabellones deportivos al 50% de su aforo.
- Se refuerza la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos.
- En la puerta y el interior de cada vestuario o aseo, se especificará el aforo máximo, que no podrá ser rebasado en ningún momento. Si es necesario se harán turnos para su utilización.
- Una vez que se preste el servicio de los vestuarios, se recomienda el aseo y cambio de ropa en el propio domicilio para no hacer uso de los vestuarios comunes, evitando el riesgo de contagio en espacios cerrados y reducidos.
5. PISTAS DEPORTIVAS AIRE LIBRE Y PABELLONES
- Se restringe el uso de materiales comunes. Se recomienda que cada usuario-deportista lleve su propio material deportivo (balones, cintas, gomas, etc), evitando compartir el material.
- El centro deportivo no suministrará ningún tipo de material deportivo. En caso de uso de equipamiento deportivo municipal, se desinfectará una vez finalizada la clase colectiva.
- Las condiciones en las que se podrá desarrollar la práctica deportiva serán:
- Solamente se podrán jugar partidos de deportes de equipo autorizados por la Dirección de General de Deportes del Gobierno de Aragón o por el Consejo Superior de Deportes.
- Solamente la práctica deportiva sin contacto físico, manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y en todo caso la distancia social de seguridad de metro y medio.
- Se mantendrá siempre la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 m. excepto en aquellas situaciones excepcionales donde la situación de juego o características propias de la actividad no lo permita.
- Se respetará los límites de capacidad de aforo de uso deportivo en cada instalación. No se permitirán grupos de más de 30 personas en cada espacio (pista completa, media pista y tercios).
- Deberá procederse a un nuevo lavado de manos, tanta a la entrada del espacio deportivo, como a la salida, utilizando el dispensador de hidrogel disponible en el acceso al espacio deportivo.
- Una vez dentro del espacio deportivo los deportistas pueden quitarse la mascarilla cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias. En el momento de finalizar la práctica deportiva, y antes de salir del espacio deportivo, los deportistas deben ponerse de nuevo la mascarilla.
- Se limpiará y desinfectará el material utilizado por los deportistas al finalizar cada turno de entrenamiento.
- Los grupos con menores de edad deben estar controlados en todo momento por su responsable o entrenador.
- Cada grupo o equipo deberá guardar un registro con el nombre apellidos y teléfono de todo el que acceda a la instalación cada día, de forma que en caso de que se dé un contagio se pueda tener un seguimiento de contactos por parte de la autoridad sanitaria. Este registro será propio de la entidad que realiza la actividad.
6. PROTOCOLO ESPECÍFICO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN ANTEL EL COVID-19
Como no puede ser de otro modo, vamos a tener una especial atención al cumplimiento en los Centros Deportivos de las normas estatales y autonómicas con medidas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID.19 en vigor en el momento de comienzo de la Campaña de la Temporada Deportiva 2020-21, así como de las normas municipales, como la Guía de actuación en materia preventiva para la reanudación de la actividad laboral en los centros deportivos en Mrie.
En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:
- Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de ese producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta.
- Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos. Las medidas de limpieza se extenderán también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos y áreas de descanso. Asimismo, cuando existan puestos de trabajo compartidos por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada uso, con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación. En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección regular de los mismos, siguiendo el procedimiento habitual.
- Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.
- Al finalizar la jornada se procederá a la limpieza de la instalación, reduciéndose la presencia del personal al número mínimo suficiente para la prestación adecuada del servicio.
MEDIDAS A ADOPTAR
El objetivo de estas medidas es mantener un adecuado nivel de higiene en las instalaciones y que sean un lugar seguro tras su apertura. Las medidas a adoptar son las siguientes:
- Identificar los diferentes equipos, materiales o instalaciones susceptibles de limpieza o de desinfección. Para cada tipo de área, material o equipo o parte de la instalación que hayamos considerado se asignará una frecuencia diaria de operaciones de limpieza y de operaciones de desinfección, incluyendo siempre una con carácter previo a la apertura de cada jornada.
- Enumerar los utensilios empleados (cepillo, fregona, escoba, mangueras, hidrolimpiadoras, mochilas pulverizadoras, etc.), así como los productos utilizados en cada caso. Estos deberán ser sometidos a un proceso de desinfección después del uso.
- Debe aportarse la ficha de datos de seguridad, recomendaciones y medidas para un almacenamiento seguro de los productos empleados, siempre fuera del alcance de los usuarios y respetando las precauciones indicadas en el etiquetado. Es conveniente que dicha documentación esté siempre disponible y al alcance durante la realización de dichas tareas.
- Para todo tipo de instalaciones se debe incluir también la prevención y control de Legionela según su propio procedimiento.
- Se procede a la apertura secuencial de los grifos de duchas, fuentes, lavapiés, bar y servicios, dejando correr el agua para que se renueve toda la que había quedado retenida en las tuberías, después de un periodo continuado sin actividad.
7. PROTOCOLO ANTE PERSONA CON SÍNTOMAS DE COVID-19
USUARIO CON SÍNTOMAS DE COVID-19
- Si un usuario comienza a tener síntomas compatibles con la enfermedad deberá procederse a su aislamiento, manteniéndose con él la distancia de seguridad interpersonal de dos metros.
- El usuario deberá contactar con el teléfono específico de atención e información relacionada con la COVID-19, 976 696 382, o si no fuera posible con el teléfono 061, para que los servicios sanitarios puedan realizar una valoración de la situación.
- El personal responsable de la instalación, recopilará toda la información posible para el estudio epidemiológico posterior, rellenando el parte de atención sanitaria existente en el botiquín, si es preciso.
- Los servicios sanitarios serán los encargados de dictaminar si urge una evacuación del usuario, activando el Plan de Emergencia específico de cada centro deportivo.
- En el caso de que haya existido contacto con el usuario, el trabajador municipal o de empresa de servicios, tendrá que contactar con su Servicio de Prevención para determinar las actuaciones a llevar a cabo.
No deben acudir a la actividad si:
a) Si presentan cualquier sintomatología (tos, fiebre, dificultad al respirar, etc.) que pudiera estar asociada con la COVID-19. En este caso, tienen que contactar con el teléfono de atención a la COVID-19 de su comunidad autónoma o con su centro de atención primaria y seguir sus instrucciones.
b) Si han estado en contacto estrecho o han compartido espacio sin guardar la distancia interpersonal con una persona afectada por la COVID-19 (convivientes, familiares y personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso mientras éste presentaba síntomas a una distancia menor de 1,5 metros durante un tiempo de al menos 15 minutos), incluso en ausencia de síntomas. En este caso, deben realizar un seguimiento por si aparecen signos de la enfermedad durante 14 días.
TRABAJADOR MUNICIPAL CON SINTOMAS DE COVID-19
- Será de aplicación el protocolo de actuación para los trabajadores municipales que presenten sintomatología compatible con COVID-19, o puedan haber estado en contacto con un caso sospechoso, probable o confirmado.
TRABAJADOR CONTRATA MRIE CON SINTOMAS DE COVID-19
- Se pondrá en contacto con su empresa y su servicio de prevención.
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www.mrie.es / scd@mrie.es
En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Datos de Carácter Personal, se pone en su conocimiento que los datos personales que usted nos facilita se recogen en un fichero. El responsable del mismo es el SCD de la Mancomunidad Ribera Izquierda del Ebro. En las situaciones que se considere necesario para una mejor actuación, algunos de estos datos podrán ser comunicados a aquellas entidades públicas y/o privadas que intervengan y a aquellos estamentos oficiales que por ley, o por necesidades inexcusables, exijan su cesión. En todo caso usted puede ejercer los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación, dirigiéndose por escrito a la Mancomunidad Ribera Izquierda del Ebro, en Plaza de España 16, 50172 Alfajarín.